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Entrevistas
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En el marco de la infinidad de noticias que se publican y leemos a diario, por los procesos judiciales, que se llevan adelante a diferentes políticos. 

Financialros, entrevisto al Dr. Andino, que nos explicó: que es un debido proceso, sus garantías y el momento que atraviesa la justicia argentina hoy.

Hay una visión mucho más certera, de la justicia. Y, es nuestro deber, como abogados, poder mostrarlo más acabadamente”

¿Qué es un debido proceso frente a ley?

Nosotros, tenemos custodia constitucional de la defensa en juicio, como uno de los principios que está regulado expresamente, de tal forma que este enunciado, pero no detallado en cuanto a los parámetros que lo configuran. No hay, una configuración detallada de que es un debido proceso, sino que hay que hacer un análisis sistemático.

Los principios son: la garantía de defensa en juicio, la bilateralidad, la igualdad de las partes, la imparcialidad del juez, son los mismos que rigen para otros aspectos de los derechos aplicados al proceso.  Esto, desemboca en que la autoridad que ejerce, en ese proceso, con la debida audiencia de las partes, va a dirimir el conflicto que se lleva a cabo, ante esa forma y va a lograr, un valor, una sentencia de la máxima autoridad. Una vez, recorridas todas las instancias judiciales, se va a alcanzar la calidad de cosa juzgada, que no se puede revisar, dándole seguridad jurídica, principio universal, que se basa en la certeza de derecho, ofrecida en el proceso, y es lo que da le va a dar el fin formal al litigio.

Todo ese proceso es nutrido por la participación de las partes, es esa defensa en juicio, paso a paso, y se descompone en los fines de cada acto que se hace en el propio proceso.

 

¿Cuáles son las garantías en el proceso?

No hay una enumeración en la ley, casi que la evolución de los conceptos, hace que la reglamentación provenga históricamente, de antes del desarrollo pleno de la idea, de defensa en juicio, y debido proceso. Estamos, con una reglamentación que podría considerarse histórica, por lo menos en sus fuentes, ya que son anteriores a la idea de desarrolladas, en su máximo esplendor del debido proceso. Entonces, hay una dificultad, sin duda, pero la doctrina concuerda, que son parte esencial y fidedigna, las que hacen, a la imparcialidad del juzgador, la igualdad entre las partes y la adecuación del marco procesal. Este marco procesal, ha ido evolucionando, en cuanto a los tiempos, y es el factor tiempo, el que ha cobrado relevancia últimamente, y hasta determinante. Ya que, el proceso que no es adecuado, puede acabar en otro proceso, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Debido, al inadecuado servicio y hasta se puede requerir, una indemnización, por la inadecuada administración de justicia. 

¿Cuándo se ve viciado un proceso?

Hay infinidades de supuestos. Pero, por lo general cuando se ha generado un perjuicio de la defensa en juicio, la violación de las formas, que están estatuidas para la protección de los fines de cada acto del proceso, sería uno de los primeros síntomas. Y, el segundo que a raíz de eso se genere un perjuicio concreto, como verse privado de ejercer un derecho: de audiencia, de control de la prueba, etc. De esta forma, la defensa, de una de las partes, se puede ver perturbada, por el acto viciado y eficaz, y de esa manera generar un perjuicio a la hora de defenderse, hasta tanto no sea declarado nulo por el juzgador.

¿Qué significa estar en rebeldía?

Aquí, hay un problema en la concepción que hay en general, la rebeldía, se asocia con perder todo, y no es así, automáticamente. Existen, consecuencias específicas de la rebeldía, como es la privación de notificaciones en lo sucesivo, una vez que se la misma fue notificada. El resultado, más directo de no comparecer al ser citado, es ser privado de notificaciones. A raíz, de esas notificaciones, que no se le envían, el rebelde, va perdiendo, el resto de las posibilidades, que le da el proceso, y sus instancias. Los efectos, de ese desaprovechamiento son posteriores, y son los que lo ubican en una situación desventajosa, en el marco del proceso.

¿Como cree que se ejerce la profesión del abogado hoy en día?

La profesión, se encuentra en un momento de muchísimos cambios. Debido, a que se está imponiendo el paradigma de la oralidad, en gran parte del país, y a su vez se van marchando otros aspectos como son: el soporte papel, para darle paso a la digitalización de expedientes, las notificaciones electrónicas. Pero, este paradigma va a exigir un cambio, que en su conjunto puede llegar a transformar, la gestión de cómo se ejerce hoy, la abogacía.

 Piensa que el común de la gente ¿cree en la justicia?

Hay mucho impacto de las noticias de penal, que hacen que la imagen de credibilidad, que se forma, en muchos casos provocan sensaciones de impunidad al espectador, por asuntos penales. Tomando eso, hay cierto descredito de la justicia. Pero, creo que analizado de manera conjunta, no siempre es una opinión, aunque logre masificarse. Porque, la justicia todavía, tiene un funcionamiento que es respetable. El problema, es como se comunica eso, porque, lo que tiene mas trascendencia, son los asuntos penales, y en muchos casos, no se ha satisfecho la expectativa social. Por lo cual, siempre, hablamos de la idea de condena mediática, esa imagen, que están dando vueltas, y a veces entra en discordancia, entre lo que sale fallado y lo que se espera socialmente. Ergo, creo que obviamente, es un aspecto, donde hay que poner mayor cuidado. Debido, a que lo que se presenta mediáticamente termina siendo negativo, pero no cabe duda que hay una visión mucho más certera, de la justicia. Y, será un trabajo, que debemos, nosotros, como abogados poder mostrarlo, más acabadamente. Ya que, por ahí los casos que se dan a conocer, son casos testigos, pero no son representativos de la totalidad del funcionamiento del Poder Judicial.

 

Por Manuela Porta

fianancialros.com